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Consejo de Finanzas

El párroco, según el derecho canónico, tiene la responsabilidad general de la gestión financiera de la parroquia. El Consejo Parroquial de Finanzas es un organismo consultivo que ayuda al párroco a cumplir con esta obligación. La consulta está en el corazón del proceso de toma de decisiones: compartir información, escuchar, contribuir a la discusión y promover el consenso.

Para ser eficaces en sus responsabilidades como miembros del Consejo Financiero Parroquial, los miembros deben tener amor por la Iglesia y su misión y desarrollar un conocimiento profundo de la misión, metas, personas y recursos de la parroquia. El párroco buscará la opinión del Consejo de Finanzas Parroquial para asuntos tales como el manejo regular de los fondos parroquiales, arreglos bancarios, gastos de capital, revisión y preparación del presupuesto anual, iniciativas de desarrollo, prácticas contables, publicación de informes financieros y más.

Si desea ser considerado para un puesto futuro en esta junta, envíe un correo electrónico a nuestro pastor,

Pr. John Green, ourladyoftheplains@gmail.com

Consejo Parroquial de Finanzas

Cada parroquia debe tener un consejo financiero parroquial para ayudar con la administración responsable de los recursos y para ayudar al párroco (canon 537). En algunas circunstancias, las parroquias administradas por el mismo sacerdote pueden tener un consejo financiero parroquial que actúa en nombre de todas las parroquias administradas. En esa circunstancia, se recomienda que el consejo financiero parroquial refleje la membresía de los fieles de las parroquias y / o misiones participantes. El Consejo Parroquial de Finanzas debe adherirse a las leyes que gobiernan la administración de bienes eclesiásticos bajo la ley canónica y este Manual Pastoral. El Consejo de Finanzas Parroquial es un cuerpo consultivo que le da consentimiento al párroco para ciertas transacciones (ver 1.3.5.7.) Y guía y consejo al párroco para otros asuntos. El pastor no está obligado a seguir las recomendaciones de su Consejo de Finanzas. Sin embargo, el pastor no debe actuar en contra de tal consejo, especialmente cuando hay consenso entre los miembros a menos que haya una razón imperiosa. Al actuar en contra de las recomendaciones del Consejo de Finanzas, el pastor debe proporcionar una explicación a los miembros del Consejo de Finanzas sobre las razones de su decisión. 1.3.5.1. El párroco presidirá el Consejo de Finanzas Parroquial. En caso de un cambio de pastores, el Consejo de Finanzas y los miembros existentes permanecen en el consejo. 1.3.5.2. El Consejo de Finanzas Parroquial estará formado por al menos tres miembros de la parroquia. Los miembros servirán por tres años con posibilidad de reelección. Un miembro que haya servido seis años puede ser elegible para servir en el consejo nuevamente, pero el párroco debe consultar con el Vicario para el Clero o el decano del decanato parroquial. Los miembros deben estar calificados en administración financiera y, cuando sea posible, en asuntos de derecho civil y canónico, según corresponda a las circunstancias parroquiales. Se recomienda que el Consejo de Finanzas Parroquial designe a un miembro como enlace con el Consejo Pastoral Parroquial y a un miembro como enlace con el Consejo Asesor Escolar (ver 1.3.6). El pastor nombra y puede remover a los miembros. Sin embargo, el párroco solo puede remover miembros por razones extraordinarias y después de consultar con el decano del decanato parroquial y / o el Vicario del Clero. 1.3.5.3. El Consejo Parroquial de Finanzas debería recomendar un presidente de entre sus miembros anualmente para que el párroco lo designe. El presidente debe trabajar con el párroco y el gerente comercial de la parroquia para establecer una agenda, identificar los asuntos comerciales clave que deben ser tratados por el consejo y comunicarse con el párroco y el gerente comercial en nombre del consejo. También se le puede pedir al presidente que asista a reuniones con el pastor y el personal de la Arquidiócesis y la Corporación de Administración de vez en cuando. 1.3.5.4. El presidente se nombrará anualmente a más tardar el 1 de julio. 1.3.5.5. El nombre del presidente, la información de contacto, incluida la dirección de correo electrónico, se proporcionarán como parte del Informe anual a la Arquidiócesis. 1.3.5.6. El Consejo de Finanzas Parroquial debe reunirse al menos trimestralmente (se recomienda más a menudo) y las actas de estas reuniones deben documentarse y conservarse en la parroquia. Capitulo 1 Julio 1, 2018, 1.3.5.7. El pastor debe obtener el consentimiento de su consejo de finanzas para los siguientes asuntos: a. Por actos de administración extraordinaria antes de que busque la aprobación del Arzobispo. Los actos de administración extraordinaria se establecen en el apartado 1.2.5.4. de este Capítulo para la Arquidiócesis, y por analogía, se aplican a las parroquias. Tales actos incluyen los siguientes: i. Enajenación del patrimonio estable de la parroquia por encima del límite mínimo (ver Anexo V) ii. Contraer deudas o gravar el patrimonio estable de la parroquia por encima del límite mínimo. (ver Anexo V) b. El Consejo de Finanzas Parroquial debe revisar, aprobar y recomendar el presupuesto anual de la parroquia para que lo apruebe el párroco. C. A discreción del párroco, al menos una vez al año y como mínimo durante el proceso de desarrollo del presupuesto, el Consejo de Finanzas Parroquial debe discutir los salarios de todos los empleados de la parroquia con el párroco. 1.3.5.8. Los otros deberes del Consejo Financiero Parroquial son brindar asistencia al párroco o administrador parroquial en la administración de los bienes parroquiales y en la evaluación de las necesidades parroquiales de apoyo financiero presente y de largo plazo. El pastor debe obtener consejos y / o escuchar a su consejo sobre lo siguiente: a. Ayudar al personal de la parroquia, según sea necesario, en la preparación del presupuesto anual de ingresos y gastos de acuerdo con las pautas de la Arquidiócesis, incluida la coordinación y el desarrollo del presupuesto de la escuela parroquial (si existe) en el presupuesto total de la parroquia. b. Supervisar activamente los resultados financieros reales en comparación con el presupuesto durante todo el año fiscal y avisar al pastor cuando se hayan realizado o se realizarán variaciones significativas. Determinar qué soluciones financieras, si las hay, deben implementarse (por ejemplo, reducciones de gastos o nuevos programas de recaudación de fondos). C. Presentar a la Oficina de Finanzas de la Parroquia, un Informe Anual que incluye una lista de todos los miembros del Consejo de Finanzas antes del 30 de agosto de cada año. (Ref: Capítulo 10 – Prácticas comerciales parroquiales dentro del territorio de la Arquidiócesis) d. Revisar los estados financieros mensuales o trimestrales de la parroquia y monitorear el pago de todas las obligaciones de la parroquia. Capitulo 1 Juio 1, 2018 e. Ayudar al pastor con una revisión continua de los procedimientos contables y de control interno. F. Evaluar los niveles de donación de ofrendas, la eficacia de la administración y la recaudación de fondos, incluida la revisión de las actividades de recaudación de fondos para garantizar el cumplimiento de los requisitos de recaudación de fondos, incluidos los requisitos civiles y los controles internos adecuados, incluidos los procedimientos de depósito en efectivo. g. Asesorar al pastor en todos los asuntos de la administración financiera parroquial. 1.3.5.9. Además de los deberes requeridos señalados anteriormente, el párroco debe considerar lo siguiente como responsabilidades adicionales del Consejo de Finanzas Parroquial: a. Ayudar al párroco para asegurar que haya una participación activa e informada de los feligreses en la Campaña Católica del Arzobispo. b. Ayudar al pastor a mantenerse actualizado y conforme a las políticas y reglamentos civiles de la Arquidiócesis. c. Asegurarse de que la parroquia se mantenga al día con sus obligaciones para con los empleados de la parroquia, los vendedores parroquiales y las organizaciones arquidiocesanas, incluido el pago de evaluaciones, primas de seguros, primas de jubilación e impuestos sobre la nómina. d. Revisar y monitorear las obligaciones de deuda de la parroquia con el Fondo Rotatorio Fiduciario y / u otras instituciones financieras. e. Ayudar al párroco a informar los resultados financieros de la parroquia y el presupuesto a los feligreses anualmente. f. Consultar con el párroco sobre asuntos administrativos. g. Ayudar al párroco a contratar y revisar el desempeño anual del administrador comercial / contable de la parroquia. Además, ayudar al párroco a monitorear y establecer salarios y beneficios justos, justos y no discriminatorios para los empleados de la parroquia. h. Ayudar con el seguimiento de las relaciones bancarias parroquiales y la inversión de los fondos parroquiales. i. Ayudar al pastor a revisar las conciliaciones bancarias y de cuentas de inversión. j. Asesorar al pastor sobre la aceptación de obsequios restringidos y no restringidos, incluidos obsequios de valores, bienes raíces y otros obsequios que pueden ser de naturaleza compleja (ver Capítulo 11). Capitulo 1 Juio 1, 2018 k. Ayudar con la planificación del mantenimiento, reparación, renovación o construcción de edificios parroquiales y bienes de capital. l. Revisar las actividades y los informes financieros de las organizaciones auxiliares parroquiales. ml. Brindar asesoramiento sobre el uso de legados no designados u otros ingresos no presupuestados. n. Evaluar las necesidades de la parroquia y ayudar con el desarrollo de planes financieros a largo plazo. o. Brindar asesoramiento y asistencia con la Política de Conflictos de Intereses (Ver Capítulo 7 – Arquidiócesis de Denver y Organizaciones Eclesiásticas), con respecto a la protección de denunciantes, detección, denuncia y prevención de fraudes. p. Revisar y ayudar al pastor a responder a los problemas identificados en la carta de gestión del Contador Público Certificado (CPA) o de la revisión realizada como parte del Programa de Revisión Parroquial. El consejo financiero parroquial debe reunirse con los contadores públicos y / o auditores internos cuando se completa una revisión o auditoría interna en la parroquia. Los miembros del consejo de finanzas de la parroquia, además de revisar los hallazgos, deben discutir con los CPA o auditores internos cualquier inquietud que puedan tener sobre la administración de los fondos o recursos de la parroquia. El párroco y el presidente del consejo de finanzas deben firmar una respuesta por escrito a la carta de gestión del CPA externo y enviarla a la Oficina de Auditoría Interna. q. Ayudar al párroco y al gerente comercial en la revisión de contratos comerciales importantes entre la parroquia y los proveedores externos. r. El Consejo de Finanzas tendrá otros deberes o responsabilidades que se puedan identificar en otra parte de este Manual Pastoral o según lo solicite el pastor. 1.3.5.10. En caso de que los miembros del Consejo de Finanzas de la Parroquia se den cuenta de cualquier acción de la parroquia que pueda dar lugar a un conflicto de intereses, el miembro debe informar la acción o actividad al presidente y al párroco inmediatamente. El asunto debe ser revelado al Consejo de Finanzas Parroquial y debe documentarse en el acta una determinación de la acción apropiada, ya sea que el miembro deba renunciar al consejo o recusarse de un tema en particular. 1.3.5.11. En caso de que cualquier miembro del Consejo de Finanzas Parroquial reciba un informe de alguien de sospecha o evidencia de fraude, robo o uso indebido de los fondos o propiedad de la parroquia, debe informar el incidente a uno de los siguientes, según la naturaleza del informe, Capítulo 1 de julio de 2018 el párroco y / o el presidente del consejo financiero parroquial. El informe debe presentarse en las reuniones del Consejo de Finanzas Parroquiales y, si se considera creíble, debe informarse al Moderador de la Curia.